Fiscalía General de la Nación

Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento condenara a Juan Mario Flórez Salcedo a 9 años, 9 meses y un día de prisión, tras ser hallado responsable de los delitos de contrato sin cumplimento de requisitos legales, falsedad ideológica en documento público agravado por el uso y peculado por apropiación.

La investigación estableció que el entonces jefe de la Oficina de Contratación Municipal, entre 2012 y 2015, realizó un contrato de suministro de combustibles por 100 millones de pesos, con un tiempo de ejecución de 22 días, término que coincidió con la terminación del periodo del alcalde, entre el 1 y el 31 de diciembre de 2015.

Flórez Salcedo, en representación de la Alcaldía de Villavicencio, firmó con el dueño de una estación de servicio el contrato donde se presentaron irregularidades como la forma de selección de proponentes, en el reconocimiento de deudas y consumos previamente adquiridos desde 2014 por el municipio para otorgar un tiempo muy corto de ejecución en la entrega de la documentación requerida, entre otros.

Además, se reportaron placas de motos y carros que no correspondían a vehículos propios ni arrendados a nombre de la administración municipal y recibos diligenciados de forma incorrecta.

Tres personas más que estaban investigadas por estos hechos realizaron preacuerdo con la Fiscalía en 2019.

Flórez Salcedo tendrá que pagar, además, una multa de $45’249.998 correspondiente a la mitad del dinero apropiado como coautor de los delitos ya mencionados.

El fallo en primera instancia fue apelado por la defensa.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

 

 

 

 

PYMP/LMFO/CFG/JHM/DSM

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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