Nuevo marco normativo transformará la micromovilidad en el territorio nacional
El Gobierno Nacional confirmó la implementación de un requisito obligatorio que cambiará radicalmente la dinámica de los vehículos de micromovilidad eléctrica en Colombia. A partir del 1 de enero de 2027, todos los propietarios de bicicletas y patinetas eléctricas deberán cumplir con una nueva disposición legal que busca ordenar el creciente parque automotor de zero emisiones y garantizar la seguridad vial en las principales ciudades del país. La medida, que había sido anticipada en mesas técnicas del Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), establece un plazo de transición de poco más de un año para que los usuarios regularicen su situación.
Contexto: el auge desregulado de la movilidad eléctrica
En los últimos cinco años, Colombia ha experimentado un crecimiento exponencial en la importación y venta de vehículos eléctricos de uso personal. Según cifras del gremio importador, solo en 2023 ingresaron al país más de 120.000 unidades entre bicicletas de asistencia al pedaleo (pedelecs), patinetas y monociclos eléctricos. Este auge, impulsado por la congestión vehicular, el encarecimiento de los combustibles fósiles y políticas de movilidad sostenible como los ‘pico y placa’ para carros particulares, superó la capacidad regulatoria existente.
Hasta la fecha, la Resolución 160 de 2017 y la Ley 1811 de 2016 establecían diferenciaciones técnicas básicas —potencia máxima de 350 vatios y velocidad limitada a 25 km/h para no ser considerados motociclos—, pero carecían de mecanismos de identificación, control de propiedad y responsabilidad civil obligatoria. Esta vacuidad legal generó conflictos en siniestros viales, dificultad para la recuperación de vehículos hurtados y tensiones en el espacio público entre peatones, ciclistas tradicionales y usuarios de micromovilidad motorizada.
Detalles de la exigencia: matrícula, SOAT y revisión técnico-mecánica
Aunque el texto definitivo del decreto reglamentario se publicará en el Diario Oficial durante el segundo semestre de 2026, las autoridades han adelantado los pilares estructurales del nuevo requisito. La medida equipara, en términos administrativos, a estos vehículos con las categorías de ciclomotores de baja cilindrada, exigiendo tres pilares fundamentales:
1. Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y Placa de Identificación: Cada unidad deberá ser inscrita ante un Organismo de Tránsito autorizado. Se expedirá una placa de formato reducido, visible y reflectiva, vinculada al número de serie (VIN) del vehículo y a la cédula del propietario. Esto permitirá trazabilidad en caso de hurto —delito que aumentó un 40% en Bogotá y Medellín en 2023 según la Policía Nacional— y responsabilidad en infracciones captadas por fotomultas.
2. Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) adaptado: Se crea una tarifa diferenciada, sustancialmente menor a la de motocicletas convencionales, que cubrirá daños a terceros (peatones, ciclistas, otros vehículos) y al conductor. La ausencia de esta póliza acarreará inmovilización inmediata y sanciones económicas equivalentes a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).
3. Revisión Técnico-Mecánica y de Gases (RTMyG) simplificada: A partir del segundo año de matriculado, los vehículos deberán someterse a una inspección anual en Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) habilitados. La prueba verificará sistema de frenos, luces, señalización, estado de la batería y chasis, y limitador de velocidad electrónico, garantizando que las modificaciones artesanales —comunes en el mercado informal— no pongan en riesgo al usuario.
Impacto económico y reacción del sector
La announcement ha generado reacciones encontradas. Gremios como Andemos (Asociación Nacional de Movilidad Sostenible) y Fedeciclas han advertido que los costos administrativos (trámite de matrícula ~$150.000 COP, SOAT anual ~$200.000 COP, revisión ~$120.000 COP) podrían encarecer la tenencia en un 15-20%, desincentivando la adopción en estratos 1, 2 y 3, población objetivo de las políticas de transición energética justa.
«El Estado debe subsidiar el SOAT de estos vehículos como lo hace con el transporte público, o crear una póliza masiva pagada por el fabricante en el precio de venta», argumentó Carlos García, vocero de una importante cadena de retail. Por su parte, la ANSV defendió la medida citando que en 2024 se registraron 3.412 lesionados y 89 fallecidos en siniestros involucrando micromovilidad eléctrica, cifras que duplican a las de 2021, y donde el 60% de los responsables no pudieron ser identificados ni respondieron por los daños.
Panorama futuro: formalización del mercado y tecnología embebida
Expertos en derecho de tránsito y movilidad urbana coinciden en que la norma forzará una depuración del mercado informal. Se espera que para 2027 solo se comercialicen unidades que cumplan normas técnicas colombianas (NTC) e internacionales (ISO 4210, EN 15194), con limitadores de velocidad inviolables y números de serie trazables, marginando a los ensambladores artesanales y importaciones ‘grises’ sin respaldo de garantía ni repuestos.
Adicionalmente, el Ministerio de Tecnologías de la Información (MinTIC) trabaja en una plataforma de ‘matrícula digital’ que permitiría el trámite 100% virtual, vinculando la placa física a un QR dinámico en el manillar, facilitando la verificación por autoridades de tránsito mediante app móvil y reduciendo trámites presenciales en organismos de tránsito colapsados.
Cronograma clave para propietarios actuales
Las autoridades han esbozado una hoja de ruta para los más de 400.000 usuarios actuales estimados:
- Julio 2026: Publicación del Decreto Reglamentario y apertura de pre-registro voluntario en el RUNT (descuento del 50% en derechos de matrícula).
- Octubre 2026 – Diciembre 2026: Campañas masivas de caracterización vehicular en CDA para certificar especificaciones técnicas de unidades ya en circulación.
- 1 de enero de 2027: Entrada en vigencia obligatoria. Inicio de operativos de control y pedagogía (primer mes sin sanciones económicas, solo advertencias).
- 1 de febrero de 2027: Aplicación plena de comparendos e inmovilización por incumplimiento.
La medida marca el fin de la ‘zona gris’ regulatoria y sitúa a Colombia a la vanguardia en Latinoamérica en la gestión integral de la micromovilidad, alineándose con estándares de la Unión Europea y ciudades como París, Barcelona y Ciudad de México, donde la identificación obligatoria ha demostrado reducir la siniestralidad grave y el hurto en porcentajes de doble dígito.

















