Fiscalía General de la Nación

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La Fiscalía General de la Nación logró que un juez con funciones de control de garantías judicializara a dos mujeres presuntamente responsables del delito de concierto para delinquir con fines de extorsión.

Se trata de Libia Beatriz Taborda y Yulisa Morón Chaparro, quienes, al parecer, serían integrantes del grupo delincuencial organizado, Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) subestructura Francisco José Morelo Peñate, con injerencia en una zona de la carretera Troncal del Caribe.

De acuerdo con las investigaciones adelantadas, se presume que, las hoy procesadas eran las encargadas de acompañar al comandante militar de esa organización, cuando realizaban las extorsiones a gerentes de empresas bananeras, dueños de fincas y comerciantes, a quienes les exigían sumas económicas que oscilaban entre los dos millones y quinientos millones de pesos.

En la fotografía aparecen dos mujeres capturadas, acompañadas de dos uniformados de la Policía Nacional. En la parte posterior un banner con logos de la entidad.
Libia Beatriz Taborda y Yulisa Morón Chaparro, presuntas integrantes del grupo delincuencial organizado, Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC).

 

La captura de las implicadas estuvo a cargo de uniformados de la Policía Nacional el pasado 26 de octubre, en un sector del barrio El Prado de Fonseca (La Guajira) en cumplimento de una orden judicial, durante el procedimiento les fueron incautados dos teléfonos celulares.

Las procesadas no aceptaron su responsabilidad en los delitos imputados por la Fiscalía, por su parte el juez dictó medida de aseguramiento en lugar de residencia.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

EDH/MG/SHHG/DSG.

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004. 

 

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